El tribunal, presidido por la jueza Lourdes Garcete e integrado por los magistrados Juan Ortiz y Rosana Maldonado, determinó la culpabilidad del cantante en los dos tipos penales.
Se pudo demostrar que los hechos de abuso sexual ocurrieron en la vivienda del señor Benegas y que el músico filmó a la menor de 11 años con su teléfono celular mientras esta se encontraba dormida en su casa, probando el delito de pornografía infantil.
El tribunal valoró las pruebas testificales, las pericias, las declaraciones de profesionales como médicos y psiquiatras, y una grabación recuperada del teléfono del acusado, concluyendo que los hechos estaban “totalmente demostrados” por la investigación del Ministerio Público.
No obstante, el tribunal descartó los cargos de proxenetismo y coacción sexual, explicando que no se pudo comprobar que el músico hubiera drogado a las menores para cometer el hecho de abuso.
La agente fiscal Claudia Aguilera manifestó estar conforme con el veredicto del tribunal. La definición de la pena (sentencia) para Pablo Benegas está programada para el próximo 15 de octubre, durante una segunda parte de este juicio oral y público.